Ley 26.282

Artículo 2Incorpora la pedanía de Carnerillo a la jurisdicción del Juzgado Federal de Río Cuarto

Texto oficial

La pedanía de Carnerillo del Departamento de Juárez Celman de la provincia de Córdoba, integrará la territorial del Juzgado Federal con asiento en la ciudad de Río Cuarto.

Qué significa en la práctica

Dispone que la pedanía de Carnerillo, del Departamento Juárez Celman (provincia de Córdoba), integre la territorial del Juzgado Federal con asiento en la ciudad de Río Cuarto. Es una regla propia de esta ley, no una modificación del texto de la Ley 25.970 (Juzgado Federal de Villa María, Córdoba).

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