Ante una falta grave,
determinada previa instrucción de un sumario que respete el debido
derecho de defensa de la parte imputada, la
podrá aplicar, de forma conjunta o alternativa, las sanciones previstas
en los incisos b), c), d) y e) del artículo 25 de la presente ley. La
graduación de las mismas se realizará de acuerdo al monto del beneficio
y a los antecedentes en el cumplimiento del presente Régimen de la
empresa imputada.
Qué significa en la práctica
Ante una falta grave, y previa instrucción de un sumario que respete el derecho de defensa, la puede aplicar de forma conjunta o alternativa las sanciones de multa, revocación, devolución de reintegros e inhabilitación del artículo 25 (incisos b, c, d y e). La graduación considera el monto del beneficio y los antecedentes de la empresa.