Ley 26.413

Artículo 71Sospecha de hecho ilícito

Texto oficial

Si del certificado médico o de otras circunstancias surgieran sospechas de que la defunción se hubiera producido como consecuencia de un hecho ilícito, el oficial público deberá dar avisó a la autoridad judicial o policial y no expedirá la licencia respectiva, hasta que la autoridad judicial competente lo disponga.

Qué significa en la práctica

Si surge sospecha de que la muerte fue por un hecho ilícito, el oficial avisa a la autoridad judicial o policial y no expide la licencia hasta que ésta lo disponga.

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