Ley 26.413

Artículo 90Emancipación

Texto oficial

Los instrumentos públicos y oficios judiciales que se refieran a la emancipación por habilitación de edad se inscribirán en un libro especial que al efecto llevará la dirección general.

Qué significa en la práctica

Los instrumentos públicos y oficios sobre emancipación por habilitación de edad se inscriben en un libro especial de la dirección general.

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