Esta ley fue vetada: no está vigente
El Congreso la sancionó, pero el Poder Ejecutivo la vetó totalmente y la insistencia legislativa no prosperó. Nunca entró en vigencia. El texto que figura abajo es el que aprobó el Congreso y se publica solo con fines informativos: no crea derechos ni obligaciones.
Vetada por Decreto 1482/2010 (14 de octubre de 2010) — VETO TOTAL. El Poder Ejecutivo observó en su totalidad el proyecto el mismo día de su sanción, con fundamento en el costo fiscal de la medida y en la ausencia de una fuente de financiamiento que asegurara la sustentabilidad del sistema previsional. La insistencia no prosperó: el veto quedó firme y la ley nunca entró en vigencia.
Resumen ejecutivo
El Congreso sancionó este proyecto el 14 de octubre de 2010. Modificaba el Art. 125 — Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones para fijar el haber mínimo garantizado en el 82% del mínimo, vital y móvil vigente. El Poder Ejecutivo lo observó en su totalidad el mismo día, mediante el Veto al 82% móvil, con fundamento en su costo fiscal y en la falta de fuente de financiamiento. La insistencia no prosperó, de modo que el veto quedó firme. Es el episodio conocido públicamente como el veto al 82% móvil.Objetivo
Garantizar un piso jubilatorio atado al mínimo, vital y móvil de los trabajadores activos.Problema que resuelve
El haber mínimo se actualizaba por la movilidad de la Ley de Movilidad Jubilatoria, sin una relación fija con el de los trabajadores en actividad.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes
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