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Ley 26.649

Vetada — no es leyNacional

Haber mínimo garantizado equivalente al 82% del salario mínimo, vital y móvil

Sanción:14 de octubre de 2010Ver fuente oficial
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Haber mínimo82% móvilMovilidad jubilatoriaVeto
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

El Congreso sancionó este proyecto el 14 de octubre de 2010. Modificaba el Art. 125 — Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones para fijar el haber mínimo garantizado en el 82% del mínimo, vital y móvil vigente. El Poder Ejecutivo lo observó en su totalidad el mismo día, mediante el Veto al 82% móvil, con fundamento en su costo fiscal y en la falta de fuente de financiamiento. La insistencia no prosperó, de modo que el veto quedó firme. Es el episodio conocido públicamente como el veto al 82% móvil.

Objetivo

Garantizar un piso jubilatorio atado al mínimo, vital y móvil de los trabajadores activos.

Problema que resuelve

El haber mínimo se actualizaba por la movilidad de la Ley de Movilidad Jubilatoria, sin una relación fija con el de los trabajadores en actividad.

A quiénes alcanza

Jubilados y pensionados del SIPAANSESCongreso de la Nación
Análisis jurídico

Obligaciones

  • NUNCA RIGIÓ. Habría obligado a ANSES a liquidar el haber mínimo garantizado en un valor equivalente al 82% del mínimo, vital y móvil.

Derechos que reconoce

  • NUNCA RIGIÓ. Habría reconocido a los jubilados un piso de haber atado al mínimo, vital y móvil de los trabajadores activos.

Casos de uso

  • Entender por qué el 82% móvil nunca se aplicó.
  • Conocer el debate previsional de 2010.
  • Saber qué régimen rigió en su lugar.

Preguntas frecuentes

NO. Nunca fue ley. El Congreso la sancionó el 14 de octubre de 2010 y el Poder Ejecutivo la vetó en su totalidad el mismo día, mediante el Veto al 82% móvil. La insistencia no prosperó y el veto quedó firme.

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