Ley 26.703

Artículo 4Los gastos quedan a cargo de la provincia beneficiaria

Texto oficial

Los gastos que demande la presente estarán a cargo de la beneficiaria.

Qué significa en la práctica

Todos los gastos que genere la transferencia (escrituración, inscripción, trámites) los paga Entre Ríos, que es la provincia que recibe el inmueble. El Estado nacional no asume ningún costo.

Normas relacionadas

← Ver en Ley 26.703 completaLeyes