El Ministerio
Público Fiscal y el Ministerio Público de la Defensa proveerán lo
necesario para la instalación y funcionamiento de la Fiscalía y la
Defensoría Pública Oficial que se crean por esta ley.
Qué significa en la práctica
Espeja el artículo anterior para los organismos que no dependen del Consejo de la Magistratura: el Ministerio Público Fiscal y el Ministerio Público de la Defensa deben proveer lo necesario para la instalación y funcionamiento de la fiscalía y la defensoría pública oficial creadas por esta ley. Cada órgano se ocupa de montar su propia estructura.