Artículo 11Marco jurídico de la cesión: art. 75 inc. 17 de la Constitución y leyes indígena y de parques
Texto oficial
La presente cesión se realiza
en el marco de lo establecido
en el artículo 75, inciso 17 de
la Constitución Nacional y de conformidad con
las disposiciones de la Ley Nacional 23.302, su
155/89, de la Ley
Nacional 22.351 y de las resoluciones
de la Administración de referidas al comanejo de
ésta con las comunidades indígenas.