Ley 26.739

Artículo 14Modificacion del art. 34 de la Carta Organica

Texto oficial

Sustitúyese el artículo 34 de la Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina, aprobada por el Art. 1 — Carta Organica del BCRA y sus modificaciones, por el siguiente: Artículo 34: El ejercicio financiero del banco durará un (1) año y se cerrará el 31 de diciembre. Los estados contables del banco deberán ser elaborados de acuerdo con normas generalmente aceptadas, teniendo en cuenta su condición de autoridad monetaria.

Qué significa en la práctica

Sustituye el articulo 34 de la Carta Organica del Banco Central.

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