Conformación del Comité Representativo. El Comité Representativo está integrado por dieciocho (18) miembros de los cuales: seis (6) serán propuestos por la Asamblea Federal, nombrando personalidades relevantes del ámbito de la música, uno (1) por cada región cultural, y los restantes doce (12) por las entidades que, con personería jurídica o gremial, representen a los sectores de la actividad musical nacional, las que propondrán a personalidades relevantes por cada sector de la música, enumerados a continuación: un (1) representante de los autores y compositores, un (1) representante de los intérpretes, un (1) representante de asociaciones sindicales, dos (2) representantes de los productores fonográficos nacionales de los cuales uno (1) de ellos deberá ser productor fonográfico nacional independiente, un (1) representante de la enseñanza musical de gestión estatal, un (1) representante de la enseñanza musical de gestión privada, dos (2) músicos nacionales registrados independientes, un (1) representante de los establecimientos donde se ejecuta música en vivo, un (1) representante de productores de eventos musicales, un (1) representante por las asociaciones de representantes artísticos. Si existiese en un mismo sector más de una entidad con personería jurídica o gremial, dicha propuesta será resuelta en forma conjunta y en caso que la misma no se resuelva será elegida la propuesta correspondiente a la entidad con mayor cantidad de asociados, según padrones actualizados. Los miembros del Comité Representativo exceptuados los elegidos por la Asamblea Federal, tienen un de cuatro (4) años, pudiendo ser reelegidos por un único período consecutivo. Los integrantes del Comité Representativo ejercen sus funciones ad honórem.
Qué significa en la práctica
El comité representativo tiene dieciocho miembros: seis por región cultural (propuestos por la asamblea) y doce por los sectores de la música (autores, intérpretes, sindicatos, productores, enseñanza, establecimientos, etc.).