Ley 26.820

Artículo 3Plazo de 10 años y reversión al Estado nacional

Texto oficial

Establécese un plazo de diez (10) años para el cumplimiento del cargo impuesto en el artículo anterior, vencido el cual sin que mediara observancia, el del inmueble transferido revertirá a favor del Estado nacional.

Qué significa en la práctica

Fija un plazo de diez años para cumplir el cargo del artículo anterior; vencido sin que se observe el destino, el del inmueble revierte a favor del Estado nacional.

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