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Ley 26.828
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Art. 2
Ley 26.828
Artículo 2
Comuniquese al Poder Ejecutivo
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Texto oficial
Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
Qué significa en la práctica
Clausula final de forma: ordena comunicar la ley sancionada al Poder Ejecutivo para su promulgacion. No tiene contenido normativo propio.
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