Ley 26.888

Artículo 15Gastos previos a la reglamentación

Texto oficial

Los gastos que demandare la ejecución del Programa Nacional para la Prevención de la Enfermedad HLB de los Citrus, previos a su reglamentación, serán asignados al Tesoro Nacional conforme al artículo 75, inciso 9, de la Constitución Nacional.

Qué significa en la práctica

Los gastos que demande la ejecución del Programa antes de su reglamentación se asignan al Tesoro Nacional conforme al artículo 75, inciso 9, de la Constitución Nacional.

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