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Ley 26.991

DerogadaNacional

Nueva regulación de las relaciones de producción y consumo (reforma de la Ley de Abastecimiento 20.680)

Sanción:17 de septiembre de 2014BO:19 de septiembre de 2014Ver fuente oficial
20artículos
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Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Reforma de 2014 de la Ley de Abastecimiento (Ley de Abastecimiento), sancionada junto con la creación del Observatorio de Precios (Ley del Observatorio de Precios) y el sistema de resolución de conflictos de consumo (Sistema de Resolución de Conflictos de Consumo (COPREC)). Amplió el ámbito de la ley a casi todos los bienes y servicios que satisfacen necesidades básicas (exceptuando a las MIPyMEs sin posición dominante), y reforzó las facultades del Estado: fijar precios máximos, mínimos y de referencia y márgenes de utilidad, disponer la continuidad de la producción, requerir información, secuestrar documentación e imponer sanciones severas (multas de $500 a $10.000.000 ampliables al triple de la ganancia, clausura de hasta 90 días, , inhabilitaciones y suspensión de proveedores del Estado). Fue una norma muy controvertida por la amplitud de esas facultades. IMPORTANTE: la Ley de Abastecimiento 20.680 —y con ella esta reforma— fue derogada por completo por el artículo 9 del 70/2023, por lo que este régimen ya no está vigente.

Objetivo

Actualizar y ampliar la Ley de Abastecimiento para dotar al Estado de instrumentos de intervención sobre precios, producción y comercialización en defensa del abastecimiento y de los consumidores.

Problema que resuelve

La Ley de Abastecimiento (1974) había quedado desactualizada y con facultades acotadas frente a situaciones de aumentos de precios, desabastecimiento o abuso de posición dominante en las cadenas de producción y consumo.

A quiénes alcanza

empresas de producción y comercializaciónconsumidoresautoridad de aplicación (Secretaría de Comercio)provincias y CABA
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Mientras estuvo vigente, los agentes económicos alcanzados debían respetar los precios y márgenes fijados por la , exhibir documentación e información y abstenerse de las conductas del artículo 4° (acaparamiento, aumentos abusivos, desabastecimiento), bajo pena de las sanciones del artículo 5°.

Derechos que reconoce

  • Exención de las MIPyMEs (Ley de Fomento MiPyME) que no detentaran posición dominante respecto del régimen de la Ley de Abastecimiento.
  • Derecho del obligado a solicitar la revisión de las medidas que le causaran un grave e irreparable perjuicio económico (aunque debía cumplirlas mientras tanto).

Casos de uso

  • Una empresa con posición dominante a la que la Secretaría de Comercio le fijaba precios máximos durante la vigencia del régimen.
  • Una PyME que quería saber si estaba alcanzada por la Ley de Abastecimiento.
  • Quien busca la norma hoy y necesita saber que el régimen fue derogado por el 70/2023.

Preguntas frecuentes

No. Reformó la Ley de Abastecimiento (Ley de Abastecimiento), y ese régimen fue derogado por completo por el artículo 9 del 70/2023. Por lo tanto, las facultades e infracciones que introdujo ya no se aplican.