Implementación de la Auditoría en las Relaciones de Consumo. El Poder Ejecutivo deberá proceder a la designación de los Auditores, de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 24, en un plazo máximo de sesenta (60) días.
Qué significa en la práctica
Ordena al Poder Ejecutivo designar los auditores conforme al procedimiento de concurso previsto.