Ley 27.067

Artículo 13Reglamentación

Texto oficial

— Reglamentación. La presente ley deberá ser reglamentada por el Poder Ejecutivo nacional, en el plazo de noventa (90) días contados a partir de su promulgación.

Qué significa en la práctica

Ordena al Poder Ejecutivo nacional reglamentar la ley dentro de los noventa días de su promulgación.

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