Ley 27.143

Artículo 4Previsión presupuestaria anual

Texto oficial

El Poder Ejecutivo nacional procederá a incluir en el proyecto de ley de presupuesto general de la administración nacional para cada año el crédito necesario para atender el pago de los beneficios emergentes de las citadas leyes.

Qué significa en la práctica

Obliga al Poder Ejecutivo nacional a incluir en el proyecto de ley de presupuesto general de cada año el crédito necesario para pagar los beneficios que surgen de las leyes reparatorias 24.043, 24.411 y 26.564.

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