Ley 27.146

Artículo 21Tribunales Federales de Juicio de Distrito

Texto oficial

— Tribunales Federales de Juicio de Distrito. Los Tribunales Federales de Juicio de cada distrito cumplirán funciones de juicio y ejecución, conforme lo previsto en los artículos 54 y 56 del Código Procesal Penal Federal. (Denominación del Código sustituida por Art. 63 — Ley 27.482 B.O. 7/1/2019)

Qué significa en la práctica

Los Tribunales Federales de Juicio de cada distrito cumplen las funciones de juicio y de ejecución de la pena previstas en los arts. 54 y 56 del Código Procesal Penal Federal. Son los tribunales que llevan adelante el debate oral y controlan luego el cumplimiento de la condena en el interior del país.

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