Artículo 21Tribunales Federales de Juicio de Distrito
Texto oficial
— Tribunales Federales de Juicio de Distrito.
Los Tribunales Federales de Juicio de cada distrito cumplirán funciones
de juicio y ejecución, conforme lo previsto en los artículos 54 y 56
del Código Procesal Penal Federal. (Denominación del Código sustituida por Art. 63 — Ley 27.482 B.O. 7/1/2019)
Qué significa en la práctica
Los Tribunales Federales de Juicio de cada distrito cumplen las funciones de juicio y de ejecución de la pena previstas en los arts. 54 y 56 del Código Procesal Penal Federal. Son los tribunales que llevan adelante el debate oral y controlan luego el cumplimiento de la condena en el interior del país.