Ley 27.161

Artículo 4Objetivos de la actividad

Texto oficial

La actividad desplegada en el marco del de Navegación Aérea debe garantizar la seguridad, regularidad y eficiencia de la navegación aérea, respetando los parámetros de seguridad operacional establecidos o a establecerse por el Sistema Nacional de la Gestión de Seguridad Operacional de la Aviación Civil del Estado Argentino. Asimismo, debe promover la innovación tecnológica, capacitar y facilitar la capacitación y profesionalización del personal conforme a estándares internacionales, asegurar el compromiso ambiental, garantizar la representación de la comunidad aeronáutica, gestionar con eficacia y eficiencia, establecer un sistema de gestión de la seguridad operacional conforme lo establecido o a establecerse por el Sistema Nacional de Gestión de la Seguridad Operacional de la Aviación Civil del Estado Argentino, crear y dar cumplimiento a un plan de negocios que equilibre la seguridad operacional y el respeto de los derechos de los trabajadores, alcanzar un liderazgo en la región, lograr el autofinanciamiento y reinvertir en dicha actividad las ganancias que se obtengan.

Qué significa en la práctica

Fija los objetivos: seguridad, regularidad y eficiencia de la navegación aérea, innovación tecnológica, capacitación del personal, compromiso ambiental, autofinanciamiento y reinversión de ganancias.

Normas relacionadas

← Ver en Ley de Navegación Aérea (EANA) completaLeyes