Artículo 1Declaración de utilidad pública del inmueble de la Asociación de Obras Sociales de Mar del Plata
Texto oficial
Declárase de
utilidad pública y sujeto a el inmueble sito en la avenida
Juan B. Justo 1776, entre las calles A. Fleming y Solís, de la ciudad
de Mar del Plata, partido de General Pueyrredón, provincia de Buenos
Aires, de propiedad de la Asociación de Obras Sociales de Mar del
Plata, identificado según nomenclatura catastral: circunscripción VI;
sección H; manzana 5-II-a; parcela 3-a, junto con todas sus
instalaciones, mobiliario y equipamiento.
El proceso de estará regido por lo establecido en la Ley de Expropiaciones y actuará como expropiante el organismo que designe a tal efecto
el Poder Ejecutivo nacional.
Qué significa en la práctica
Declara de utilidad pública y sujeto a el inmueble de Av. Juan B. Justo 1776 de Mar del Plata (partido de General Pueyrredón, Buenos Aires), entre las calles A. Fleming y Solís, propiedad de la Asociación de Obras Sociales de Mar del Plata. Lo identifica por nomenclatura catastral (circunscripción VI, sección H, manzana 5-II-a, parcela 3-a) e incluye no sólo el edificio sino también todas sus instalaciones, mobiliario y equipamiento. Aclara que el trámite se rige por la Ley de Expropiaciones de Expropiaciones y que el expropiante será el organismo que designe el Poder Ejecutivo nacional.