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Ley 27.197
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Art. 13
Ley 27.197
Artículo 13
Reglamentación
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Texto oficial
— El Poder Ejecutivo debe reglamentar la presente ley dentro de los noventa (90) días de promulgada.
Qué significa en la práctica
Ordena al Poder Ejecutivo reglamentar la ley dentro de los noventa (90) días de promulgada.
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