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Ley 27.253

VigenteNacional

Devolución del IVA y obligación de aceptar tarjeta de débito

Sanción:8 de junio de 2016BO:13 de junio de 2016Ver fuente oficial
17artículos
IVAmedios de pagojubilacionesasignaciones
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Tiene dos mitades que se explican entre sí. La primera crea un régimen de devolución de una porción del IVA (no menor al 15%, con un tope mensual atado a la canasta básica de alimentos) sobre las compras que los sectores más vulnerables paguen con tarjeta de débito: jubilados y pensionados que cobran hasta el haber mínimo, titulares de la Asignación Universal por Hijo y de la asignación por embarazo, pensiones no contributivas, y —incorporados después por la Reforma Tributaria 2017— el personal de casas particulares y los beneficiarios del PROGRESAR. La segunda mitad hace posible la primera: obliga a todo comercio que venda a consumidores finales a aceptar tarjeta de débito, prohíbe cobrar comisiones sobre esas operaciones y permite computar como crédito fiscal de IVA el costo del posnet. El incumplimiento se sanciona con clausura por la vía del Art. 40 — Ley de Procedimiento Tributario.

Objetivo

Devolver a los sectores más vulnerables parte del IVA que pagan al comprar alimentos, y universalizar la aceptación de la tarjeta de débito.

Problema que resuelve

El IVA es un impuesto regresivo: pesa proporcionalmente más sobre quien menos tiene. Y muchos comercios no aceptaban débito, de modo que un beneficio canalizado por ese medio no habría llegado a nadie.

A quiénes alcanza

jubilados y pensionadostitulares de la AUH y de la asignación por embarazopersonal de casas particularescomerciosentidades financieras
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Todo contribuyente que venda cosas muebles, preste servicios o realice obras a consumidores finales debe aceptar tarjeta de débito y medios equivalentes.
  • Queda prohibida la aplicación de comisiones transaccionales sobre las operaciones con tarjeta de débito comprendidas en la ley.
  • El Poder Ejecutivo debe actualizar el tope del reintegro en julio y enero de cada año según la variación de la canasta básica de alimentos.
  • El Poder Ejecutivo debe desarrollar campañas de educación financiera.

Derechos que reconoce

  • Recibir el reintegro de una porción del IVA (no menor al 15%) por las compras pagadas con tarjeta de débito.
  • Pagar con tarjeta de débito en cualquier comercio, sin que se cobre comisión.
  • Los comercios: computar como crédito fiscal de IVA el costo de adoptar el sistema de pago.

Casos de uso

  • Cobrás la jubilación mínima o la AUH y querés saber si te devuelven el IVA.
  • Un comercio se niega a aceptar tu tarjeta de débito.
  • Un comercio quiere saber si está obligado a tener posnet.

Preguntas frecuentes

Los jubilados y pensionados por fallecimiento que cobran hasta el haber mínimo garantizado; los titulares de la Asignación Universal por Hijo y de la asignación por embarazo; los beneficiarios de pensiones no contributivas nacionales que no superen el haber mínimo; el personal de casas particulares (Trabajo en Casas Particulares) y los beneficiarios del PROGRESAR, estos dos últimos incorporados por la Reforma Tributaria 2017.