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Ley 27.254
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Art. 2
Ley 27.254
Artículo 2
Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional
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Texto oficial
Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
Qué significa en la práctica
Cláusula de forma: ordena comunicar la ley sancionada al Poder Ejecutivo para su promulgación. No tiene contenido normativo propio.
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Art. 1 — Nueva redacción del art. 2° de la Ley 24.824: financiamiento de la Academia Nacional de Farmacia y Bioquímica
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