Observatorio de Leyes
Legislación argentina accesible
Explorar
Herramientas
Guías
Planes
Buscar
Inicio
/
Leyes
/
Ley de Envases de Fitosanitarios
/
Art. 31
Ley 27.279
Artículo 31
Reglamentación
Descargar artículo (PDF)
Compartir
Texto oficial
El Poder Ejecutivo nacional reglamentará la presente ley en un plazo no mayor a sesenta (60) días de su sanción.
Qué significa en la práctica
El Poder Ejecutivo reglamenta la ley en sesenta días.
← Artículo anterior
Art. 30 — Prescripción de la sanción
Artículo siguiente →
Art. 32 — De forma
Normas relacionadas
Relacionada con
Ley General del Ambiente
→
Relacionada con
Ley de Sanidad Animal y Vegetal (marco SENASA)
→
Relacionada con
Ley de Residuos Peligrosos
→
← Ver en Ley de Envases de Fitosanitarios completa
Leyes →