Ley 27.430

Artículo 52Reforma del art. 81 inc. c) de Ganancias

Texto oficial

Sustitúyese el apartado 1 del inciso c) del Art. 81 — Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, por el siguiente: “1. La realización de actividad de asistencia social u obra médica asistencial de beneficencia, sin fines de lucro, incluidas las actividades de cuidado y protección de la infancia, vejez, minusvalía y discapacidad.”

Qué significa en la práctica

Sustituye el apartado 1 del inciso c) del Art. 81 — Ley de Impuesto a las Ganancias.

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