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Ley de Defensa de la Competencia
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Art. 47
Ley 27.442
Artículo 47
Convocatoria a audiencia publica
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Texto oficial
El Tribunal de Defensa de la
Competencia
decidirá la convocatoria a audiencia pública cuando lo considere oportuno para la marcha de las investigaciones.
Qué significa en la práctica
El Tribunal puede convocar a audiencia publica en el marco del procedimiento.
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