Artículo 7Obligatoriedad de las vacunas para todos los habitantes
Texto oficial
Las vacunas del Calendario Nacional de Vacunación, las
recomendadas por la autoridad sanitaria para grupos en riesgo y las
indicadas en una situación de emergencia epidemiológica, son
obligatorias para todos los habitantes del país conforme a los
lineamientos que establezca la .
Qué significa en la práctica
Vuelve obligatorias para todos los habitantes del país las vacunas del Calendario Nacional, las recomendadas por la autoridad sanitaria para grupos de riesgo y las indicadas ante una emergencia epidemiológica.