Ley 27.491

Artículo 7Obligatoriedad de las vacunas para todos los habitantes

Texto oficial

Las vacunas del Calendario Nacional de Vacunación, las recomendadas por la autoridad sanitaria para grupos en riesgo y las indicadas en una situación de emergencia epidemiológica, son obligatorias para todos los habitantes del país conforme a los lineamientos que establezca la .

Qué significa en la práctica

Vuelve obligatorias para todos los habitantes del país las vacunas del Calendario Nacional, las recomendadas por la autoridad sanitaria para grupos de riesgo y las indicadas ante una emergencia epidemiológica.

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