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Ley 27.503

VigenteNacional

Prórroga de la emergencia de la cadena de peras y manzanas

Sanción:24 de abril de 2019BO:14 de mayo de 2019Ver fuente oficial
4artículos
emergencia agropecuariafruticulturaperas y manzanasfacilidades de pago
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La ley prorroga por 365 días la emergencia económica, productiva, financiera y social de la cadena de producción de peras y manzanas de las provincias de Neuquén, Río Negro, Mendoza, San Juan y La Pampa, declarada por la Ley 27.354, a partir del vencimiento fijado por el Decreto 517/2018. Sustituye el segundo párrafo del Art. 2 — Ley 27.354 para que la AFIP formule convenios de facilidades de pago con una tasa de hasta el 1% mensual sobre las obligaciones devengadas hasta el 31 de mayo del año en que finalice la emergencia, y faculta al Poder Ejecutivo a prorrogar por igual término la vigencia de la ley. El plazo de esta prórroga ya venció, sin que ello derogue la ley.

Objetivo

Extender por un año la emergencia de la fruticultura de peras y manzanas y sus beneficios impositivos y financieros.

Problema que resuelve

La cadena de peras y manzanas de la región atravesaba una crisis productiva y financiera prolongada que requería extender las medidas de emergencia dispuestas por la Ley 27.354.

A quiénes alcanza

productores de peras y manzanas de la regiónprovincias de Neuquén, Río Negro, Mendoza, San Juan y La PampaAFIP
Análisis jurídico

Obligaciones

  • La AFIP debe formular convenios de facilidades de pago con una tasa de interés de hasta el 1% mensual para las obligaciones alcanzadas por la emergencia, devengadas hasta el 31 de mayo del año en que esta finalice.

Derechos que reconoce

  • Los productores de peras y manzanas de las provincias alcanzadas pueden acceder a los beneficios de la emergencia (facilidades de pago y demás medidas) durante su vigencia prorrogada.

Casos de uso

  • Un productor frutícola de Río Negro que quiere acogerse a un plan de facilidades de pago con la AFIP.
  • Determinar hasta cuándo rige la emergencia para la cadena de peras y manzanas.

Preguntas frecuentes

Prorroga por 365 días la emergencia económica, productiva, financiera y social de la cadena de peras y manzanas declarada por la Ley 27.354 (art. 1°).