Resumen ejecutivo
El edificio de la Escuela Normal “República de Bolivia”, en la calle Corrientes 606 de Humahuaca (Jujuy), no tenía hasta esta ley ninguna protección patrimonial de alcance nacional: su conservación, su reforma o su eventual venta dependían solo de decisiones locales. La ley lo declara Monumento Histórico Nacional (Art. 1 — Ley de Monumentos Históricos (art. 2°), con lo cual el bien pasa a la tutela de la Comisión Nacional de Museos, Monumentos y Lugares Históricos: no puede ser intervenido ni enajenado sin su participación. A diferencia de la mayoría de las declaraciones de este tipo, esta ley fija un plazo exigible: dentro de los sesenta días de promulgada, la Comisión debe adoptar las medidas administrativas y presupuestarias necesarias para cumplir ese régimen (art. 3°). La ley no crea derechos para particulares ni asigna una partida presupuestaria propia.Objetivo
Incorporar el edificio de la Escuela Normal “República de Bolivia” de Humahuaca al régimen nacional de monumentos históricos para asegurar su conservación.Problema que resuelve
Un edificio escolar con valor histórico y simbólico para la Quebrada de Humahuaca carecía de protección patrimonial nacional: no había un organismo obligado a velar por su conservación ni control previo sobre las intervenciones que pudieran desfigurarlo.A quiénes alcanza
Obligaciones
Casos de uso
Preguntas frecuentes