Para los casos no previstos en la presente ley, serán de
aplicación supletoria las normas de la Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, sus modificatorias y
complementarias.
Qué significa en la práctica
Para los casos no previstos en esta ley se aplican supletoriamente las normas del Sistema Integrado Previsional Argentino (Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones), sus modificatorias y complementarias.