Ley 27.557

Artículo 3Entrada en vigencia

Texto oficial

La presente medida entrará en vigencia el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

Qué significa en la práctica

La ley entra en vigencia el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Normas relacionadas

← Ver en Ley 27.557 completaLeyes