Ley 27.681

Artículo 1Día Nacional del Pistero Socorrista: 27 de julio

Texto oficial

Institúyase el 27 de julio de cada año como Día Nacional del Pistero Socorrista.

Qué significa en la práctica

Instituye el 27 de julio de cada año como Día Nacional del Pistero Socorrista, en reconocimiento a quienes asisten y rescatan a las personas accidentadas en las pistas de los centros de esquí y de montaña. La ley no explicita en su texto el motivo de la fecha elegida.

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