Ley 27.682

Artículo 4Gastos a cargo del municipio

Texto oficial

Los gastos que demanden la transferencia estarán a cargo de la beneficiaria.

Qué significa en la práctica

Todos los gastos que demande la transferencia (escrituración, mensura, inscripción registral) los paga la Municipalidad de San Fernando, que es la beneficiaria. El Estado nacional cede el edificio pero no aporta fondos para el traspaso ni para la restauración.

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