Ante una falta leve, la podrá
aplicar, previa intimación al cumplimiento del deber en cuestión y del
otorgamiento de un plazo para el descargo correspondiente, la sanción
prevista en el inciso a) del artículo 17 de la presente ley.
Qué significa en la práctica
Ante una falta leve, la puede aplicar la suspensión del beneficio (inciso a del artículo 17), previa intimación a cumplir y otorgamiento de un plazo para el descargo.