Resumen ejecutivo
La Ley de regularización de armas crea una ventana de regularización para armas de fuego de uso civil y de uso civil condicional que están en manos de particulares sin registración o con registración irregular. Durante 360 días contados desde la entrada en vigencia (18 de julio de 2026), el poseedor puede presentarse ante la ANMAC, someter el arma a las verificaciones técnicas y registrales y quedar inscripto en el Banco Nacional Informatizado de Datos. El incentivo es la exención penal del artículo 3: quien se presenta voluntariamente no es sancionado por la tenencia ilegal del Art. 189 bis — Código Penal de la Nación Argentina ni por las faltas administrativas asociadas, salvo que ya pese sobre él una imputación judicial por esa tenencia al momento de regularizar. La ley también obliga a la ANMAC a informar los riesgos de la tenencia y las vías de entrega voluntaria y anónima antes de iniciar el trámite, y a hacer una campaña de difusión. Por último, prorroga hasta el 31 de diciembre de 2027 el Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego de la Ley de entrega voluntaria de armas.Objetivo
Sacar de la clandestinidad al stock de armas de fuego de uso civil no registradas, incorporándolas al registro de la ANMAC mediante un incentivo: la exención de la pena por tenencia ilegal para quien se presente voluntariamente.Problema que resuelve
Existe un parque significativo de armas de uso civil en poder de particulares sin registrar o con registración vencida o irregular. Sus tenedores no las regularizan porque hacerlo implicaba autoincriminarse por el de tenencia ilegal de arma de fuego (Art. 189 bis — Código Penal de la Nación Argentina), lo que dejaba esas armas fuera de todo control estatal.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Sanciones
Casos de uso
Preguntas frecuentes