Artículo 4Validez de las notificaciones electrónicas
Texto oficial
Validez de las notificaciones electrónicas. Serán válidas las notificaciones electrónicas realizadas a través de la Plataforma de "Trámites a Distancia" (TAD), la que brinda el servicio de electrónica fehaciente al domicilio especial electrónico constituido, garantizando la validez jurídica, confidencialidad, seguridad e integridad de la información notificada.
Qué significa en la práctica
Establece que las notificaciones hechas por TAD son válidas y fehacientes: llegan al domicilio electrónico constituido y garantizan validez jurídica, confidencialidad, seguridad e integridad. Equivale a una en papel.
Ejemplo práctico
Una intimación notificada por TAD tiene los mismos efectos que en papel.
Efectos prácticos
•Da plena validez jurídica a las notificaciones electrónicas por TAD.