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Decreto 561/2016

VigenteDecretoNacional

Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE)

Sanción:6 de abril de 2016BO:7 de abril de 2016Ver fuente oficial
12artículos
Gestión documental electrónicaExpediente electrónicoGobierno digitalDespapelizaciónFirma digital
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

El Decreto 561/2016 es la columna vertebral de la despapelización del Estado argentino: crea el Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE), la plataforma única sobre la que se generan, firman, comunican, guardan y archivan los documentos y expedientes electrónicos oficiales. Obliga a todo el Sector Público Nacional a migrar del papel y del ComDoc al GDE según un cronograma, y sienta la base técnica sobre la que luego se montan Trámites a Distancia (Decreto 1063/2016) y la tramitación digital completa (Decreto 733/2018).

Objetivo

Implementar una plataforma horizontal de gestión documental electrónica para todo el Sector Público Nacional, reemplazando el expediente en papel por el expediente electrónico y logrando la despapelización prevista por la Ley de Firma Digital.

Problema que resuelve

La coexistencia de múltiples sistemas de gestión documental (como el ComDoc) que mantenían el expediente en papel en paralelo, con demoras, falta de trazabilidad y ausencia de un expediente totalmente electrónico.

A quiénes alcanza

Organismos del Sector Público NacionalEmpleados públicosCiudadanosCertificadores de firma digital
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Las entidades y jurisdicciones del Art. 8 — Administración Financiera deben utilizar el GDE para la totalidad de las actuaciones administrativas, según el cronograma del Ministerio de Modernización (art. 2).
  • La máxima autoridad de cada organismo debe designar a los funcionarios que actuarán como Administradores Locales (art. 4).
  • El Administrador Local debe habilitar usuarios, actualizar tablas de sectores y capacitar a los usuarios internos (art. 5).

Derechos que reconoce

  • Derecho de los organismos a contar con una plataforma única, moderna e interoperable de gestión documental (art. 1).
  • Derecho de los ciudadanos a mayor celeridad, transparencia y acceso a la información derivados del expediente electrónico.
  • Derecho de los organismos a recibir asistencia técnica y capacitación de la Secretaría de Modernización Administrativa (art. 7).

Casos de uso

  • Un organismo migra sus expedientes del ComDoc al GDE en la fecha que fija el cronograma.
  • Un ministerio designa a sus Administradores Locales para operar el GDE.
  • Un funcionario firma y comunica un documento oficial electrónico dentro del GDE.

Preguntas frecuentes

El Sistema de Gestión Documental Electrónica: la plataforma integrada de caratulación, numeración, seguimiento y registración de todas las actuaciones y expedientes del Sector Público Nacional, que funciona como base del expediente electrónico (art. 1).