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Decreto 1283/2016

VigenteDecretoNacional

Veto total al proyecto de ley de salario mínimo profesional (Ley 27.331)

BO:26 de diciembre de 2016Ver fuente oficial
3artículos
Veto presidencialSalario mínimo profesionalNegociación colectivaLey de Contrato de Trabajo
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

El 23 de noviembre de 2016 el Congreso sancionó el proyecto de Ley vetada de salario mínimo profesional, que sustituía el Art. 114 — Ley de Contrato de Trabajo (Ley de Contrato de Trabajo). El primer párrafo llamaba mínimo profesional al establecido por las convenciones colectivas, laudos arbitrales con fuerza de tales o actos de autoridad competente que determinaran la por categoría profesional, y lo definía como la menor retribución que debía percibir el trabajador. El segundo párrafo reiteraba el texto vigente del artículo 114: a falta de fijado por convenio o por las partes, la cuantía la determinan los jueces según la importancia de los servicios. El Poder Ejecutivo lo observó en su totalidad. Sus fundamentos: la figura se confundiría en los hechos con el básico de convenio, desvirtuando esa noción; generaría un nuevo foco de litigiosidad por superposición de tipologías salariales; y resultaría contradictoria con la autonomía colectiva que protegen el Art. 14 bis — Constitución Nacional y los Convenios 98 y 154 de la OIT (este último ratificado por la Ley 23.544), ya que son los actores sociales los que definen el diseño salarial. El Congreso no insistió: el proyecto nunca fue ley.

Objetivo

Impedir que entrara en vigencia el proyecto de Ley vetada de salario mínimo profesional, que incorporaba el mínimo profesional al Art. 114 — Ley de Contrato de Trabajo.

Problema que resuelve

El Congreso había sancionado una reforma del Art. 114 — Ley de Contrato de Trabajo que, según el Ejecutivo, se superponía con el básico de convenio y avanzaba sobre la negociación colectiva.

A quiénes alcanza

Trabajadores bajo convenio colectivoSindicatosEmpleadoresCongreso de la Nación
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Devolver el proyecto observado al Congreso de la Nación (artículo 2°).

Derechos que reconoce

  • El Congreso conserva la facultad de insistir con dos tercios de ambas cámaras y convertir el proyecto en ley pese al veto.

Casos de uso

Preguntas frecuentes

El proyecto de ley registrado bajo el N° 27.331, sancionado el 23 de noviembre de 2016, que sustituía el Art. 114 — Ley de Contrato de Trabajo para incorporar la figura del mínimo profesional.