Ley 214/2002

Artículo 3Deudas con el sistema financiero a $1 por dólar

Texto oficial

Todas las deudas en DOLARES ESTADOUNIDENSES u otras monedas extranjeras con el sistema financiero, cualquiera fuere su monto o naturaleza, serán convertidas a PESOS a razón de UN PESO por cada DOLAR ESTADOUNIDENSE o su equivalente en otra moneda extranjera. El deudor cumplirá con su devolviendo PESOS a la relación indicada.

Qué significa en la práctica

Las deudas con los bancos (créditos, hipotecas) en dólares se convierten a pesos a $1 por dólar. El deudor se libera pagando pesos a esa relación. Es la "pata" favorable al deudor; la diferencia con el $1,40 de los depósitos la cubrió el Estado.

Normas relacionadas

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