Artículo 127Derogación de la intervención estatal en comercialización — derogación arts. 76-81 ley 17.319
Texto oficial
Deróganse los Art. 76 — Ley 17.319. Estos artículos habilitaban la intervención del Estado en la comercialización de hidrocarburos: fijación de precios, distribución obligatoria al mercado interno y restricciones a la exportación.
Qué significa en la práctica
Borra del mapa legal los artículos que le daban al Estado el poder de fijar precios del petróleo y gas y de controlar el comercio. Con esta derogación, la liberalización del mercado es completa: sin los Art. 76-81, el Estado no puede intervenir en la comercialización aunque quiera.
Efectos prácticos
•La derogación hace irreversible la liberalización: sin estos artículos, recuperar el control estatal de precios requeriría una nueva ley
•Es coherente con los arts. 105 y 106 que liberalizan la comercialización: hay que derogar los artículos opuestos para evitar contradicción legal