Ley 27.742

Artículo 89Presunción del contrato de trabajo — excepción con factura (art. 23 LCT)

Texto oficial

Sustitúyese el Art. 23 — Ley de Contrato de Trabajo: El hecho de la prestación de servicios hace presumir la existencia de un de trabajo. Esta presunción no opera cuando la prestación de servicios se encuentre respaldada con un escrito más la emisión y cobro de facturas o recibos equivalentes conforme a la legislación vigente.

Qué significa en la práctica

La "presunción del " del Art. 23 era la principal herramienta para que un trabajador informal reclamara sus derechos laborales. La modificación la debilita: si el trabajador firmó un de servicios y emitió facturas, esa presunción no aplica y debe probar dependencia de otra manera.

Ejemplo práctico

Antes: trabajador con factura podía reclamar dependencia y el juez evaluaba la realidad. Ahora: la presunción no opera; el trabajador debe aportar prueba activa de dependencia (horarios, órdenes, exclusividad, equipos del empleador)

Efectos prácticos

  • Un diseñador gráfico que trabajó exclusivamente para una empresa 3 años pero emitió facturas tiene más dificultad para probar dependencia laboral
  • El empleador que usa contratos de servicios con factura queda mejor protegido ante reclamos laborales
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