El estado de excedencia no devenga y no será computable a los efectos de la antigüedad en el servicio. Si la mujer trabajadora no se reincorporara a su empleo luego del período de excedencia y no comunicara a su empleador, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas anteriores a la finalización del mismo, que se acoge a los beneficios del artículo 183, inciso b), el de trabajo quedará extinguido sin del empleador de pagar alguna.
Qué significa en la práctica
Durante la excedencia no se cobra y ese período no suma antigüedad. Si al terminar la excedencia la trabajadora no se presenta ni avisa (dentro de las 48 horas antes del vencimiento) que se acoge a la compensación del Art. 181 inc. b), el se extingue sin .
Ejemplo práctico
Trabajadora en excedencia hasta el 30 de junio que no avisa nada: el 30 de junio el contrato se extingue sin indemnización
Efectos prácticos
•La excedencia no cuenta para la antigüedad: si duró 6 meses, esos 6 meses no suman para futuras indemnizaciones
•El silencio al final de la excedencia extingue el contrato sin costo para el empleador
•La trabajadora debe avisar con al menos 48 horas de anticipación si quiere la compensación en vez de volver