Ley 20.744

Artículo 233Comienzo del plazo

Texto oficial

Los plazos del artículo 231 correrán a partir del día siguiente al de la del . Cuando la extinción del de trabajo dispuesta por el empleador se produjera sin y en fecha que no fuera la del último día del mes, la sustitutiva debida al trabajador se integrará con una suma igual a los salarios por los días faltantes hasta el último día del mes en que el despido se produjera.

Qué significa en la práctica

El empieza a contar desde el día siguiente a la . Si el despido sin ocurre en un día que no es el último del mes, además de la sustitutiva se pagan los días restantes del mes (integración del mes de despido, Art. 234).

Ejemplo práctico

Empleado con 3 años despedido el 10 de mayo: cobra 20 días de integración del mes de mayo (días 11 a 31) + 1 mes de preaviso + art. 245

Efectos prácticos

  • Preaviso notificado el 5 de octubre: empieza a correr el 6 de octubre
  • Despido el 15 de noviembre sin preaviso: el empleador paga los 15 días restantes de noviembre (integración) más la indemnización sustitutiva y la del art. 245
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