Ley 20.744

Artículo 82Invenciones del trabajador

Texto oficial

Las invenciones o descubrimientos personales del trabajador son propiedad de éste, aun cuando se hayan realizado durante el tiempo de prestación de servicios.

Qué significa en la práctica

Las invenciones que un trabajador hace por cuenta propia, con su propio ingenio y recursos, son suyas aunque las haya realizado mientras estaba en horario de trabajo. La excepción está en el Art. 83: si la invención está directamente ligada a los medios y procedimientos de la empresa, pertenece al empleador.

Ejemplo práctico

Un ingeniero en una automotriz inventa en su tiempo libre un método para mejorar sus cultivos de jardín → es suya, aunque la pensó en horario laboral mientras esperaba en una reunión

Efectos prácticos

  • Una invención personal del trabajador, ajena a su función en la empresa, es de su propiedad
  • El trabajador puede patentar esa invención a su nombre
  • Si la invención es mixta (parte empresa, parte personal), se aplica la regla del art. 83 con compensación
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