Ley 5.820/2.026

Artículo 4Requisitos verificados por ARCA

Texto oficial

Al ejercer la opción de adhesión o al ratificar, ARCA verificará que los contribuyentes: a) No posean la CUIT con estado administrativo limitado (CUIT digital observada o sujetos del art. 3° de la RG 3.832); b) No estén comprendidos en la órbita de la Subdirección General de Operaciones Impositivas de Grandes Contribuyentes (RG 5.670) al 31 de diciembre del año anterior y durante los dos períodos fiscales anteriores; c) Registren el alta en el impuesto a las ganancias. Verificadas las condiciones, el sistema emite un acuse de recibo y el contribuyente queda caracterizado con el código “639-Ganancias Simplificado Ley de Inocencia Fiscal”, consultable en el “Sistema Registral”.

Qué significa en la práctica

ARCA controla automáticamente tres cosas para dejarte entrar: que tu CUIT no esté observada, que no seas gran contribuyente y que estés dado de alta en Ganancias. Si todo está bien, te etiqueta con el código 639.
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