Ley 23.849

Artículo 42Difusión de la Convención

Texto oficial

Los Estados Partes se comprometen a dar a conocer ampliamente los principios y disposiciones de la Convención por medios eficaces y apropiados, tanto a los adultos como a los niños.

Qué significa en la práctica

El Estado tiene la de difundir el contenido de la CDN tanto a la sociedad en general como a los propios niños. No alcanza con ratificar la Convención: hay que hacer que se conozca.

Ejemplo práctico

La enseñanza de los derechos del niño en la escuela primaria es una obligación bajo el art. 42 CDN

Efectos prácticos

  • Obliga al Estado a incluir la CDN en los contenidos educativos
  • Las campañas de comunicación sobre derechos de niñas y niños tienen fundamento en este artículo
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