Ley 0

Artículo 55

Texto oficial

El tiene a su cargo la defensa de los derechos individuales y colectivos de los habitantes. Ejerce su misión frente a los hechos u omisiones de la administración pública, fuerzas de seguridad, entes descentralizados o empresas del Estado que impliquen el ejercicio ilegítimo, defectuoso, irregular, abusivo, arbitrario o negligente de sus funciones. Supervisa la eficacia de los servicios públicos que tenga a su cargo la Provincia o sus empresas concesionarias. Tendrá plena autonomía funcional y política. Durará cinco años en el cargo pudiendo ser designado por un segundo período. Será nombrado y removido por la Legislatura con el voto de las dos terceras partes de los miembros de cada Cámara. Una regulará su organización y funcionamiento.

Qué significa en la práctica

El defiende los derechos individuales y colectivos frente a actos u omisiones de la administración pública y supervisa los servicios públicos con plena autonomía funcional.

Ejemplo práctico

Un ciudadano que no recibe respuesta de la Provincia a su solicitud de habilitación laboral por más de seis meses puede recurrir gratuitamente al Defensor del Pueblo bonaerense, que tiene autonomía para investigar la demora e intimar al organismo responsable.

Efectos prácticos

  • Cualquier ciudadano puede recurrir al Defensor del Pueblo ante abusos de la administración sin costo
  • El Defensor puede iniciar investigaciones y formular recomendaciones sin necesidad de mandato judicial
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