Ley 0

Artículo 59Contrataciones del Estado

Texto oficial

Las obras, los suministros y los servicios son contratados por los procedimientos de licitación o concurso público. La ley puede autorizar otros procedimientos por excepción, con criterios de economía, eficiencia y oportunidad, respetando los principios de publicidad y concurrencia.

Qué significa en la práctica

La Ciudad debe contratar obras, bienes y servicios mediante licitación o concurso público, garantizando transparencia y . Solo por excepción —y con autorización legal— puede usarse otro mecanismo (como contratación directa), siempre respetando publicidad y libre concurrencia.

Ejemplo práctico

La construcción de una escuela pública debe ser licitada públicamente. Si el GCBA la adjudica directamente a una empresa sin licitación y sin ley que lo autorice, la contratación puede ser impugnada judicialmente como violatoria de este artículo.

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