Se sancionan con mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de la Legislatura: 1. Los Códigos que establece esta Constitución. 2. El Presupuesto general de gastos y cálculo de recursos. 3. Las leyes de organización y funcionamiento del Poder Judicial, del Ministerio Público y del Consejo de la Magistratura. 4. La Ley Orgánica de Comunas. 5. Las leyes sobre servicio civil de la Ciudad. 6. Las que regulan el reconocimiento de las organizaciones sindicales. 7. Las que aprueban tratados con otras jurisdicciones. 8. Las que regulan el endeudamiento. 9. Las que regulan el sistema electoral. 10. Las que conceden amnistías por contravenciones. 11. Toda ley de alcance institucional que esta Constitución no someta a quórum especial. 12. Las que creen o modifiquen organismos de control. 13. Las que regulen los servicios públicos. 14. Las que aprueben el Plan Urbano Ambiental. 15. Las que dispongan la enajenación de bienes del privado del Estado.
Qué significa en la práctica
Para estas 15 materias de especial relevancia institucional, la Legislatura necesita mayoría absoluta del total de sus miembros (al menos 31 de 60 legisladores), no solo mayoría de los presentes. Incluye los grandes Códigos, el Presupuesto, la organización del Poder Judicial, las Comunas, los servicios públicos y el Plan Urbano Ambiental.
Ejemplo práctico
Para aprobar el Presupuesto de la Ciudad, el Código Contravencional o una ley que venda terrenos fiscales, no alcanza con que haya 35 legisladores y voten 18 a favor: se necesitan 31 votos afirmativos del total de los 60 miembros.