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Artículo 81Leyes con mayoría de dos tercios

Texto oficial

Se sancionan con mayoría de dos tercios del total de los miembros de la Legislatura: 1. Las leyes que regulen la iniciativa popular, la consulta popular y la revocatoria de . 2. Las que modifiquen el régimen electoral. 3. Las que aprueben la concesión de servicios públicos por más de diez años. 4. El Código de Planeamiento Urbano y sus modificaciones sustanciales. 5. Las que aprueben empréstitos. 6. Las que dispongan la enajenación de bienes del público. 7. Las que declaren la necesidad de reforma de esta Constitución.

Qué significa en la práctica

Las materias más sensibles —reforma constitucional, Código de Planeamiento Urbano, régimen electoral, concesiones largas de servicios públicos, empréstitos y enajenación de público— requieren el voto afirmativo de al menos 40 de los 60 legisladores (dos tercios del total).

Ejemplo práctico

Para modificar el Código de Planeamiento Urbano y habilitar torres en un barrio donde antes no estaban permitidas, el Gobierno necesita 40 votos legislativos —no alcanza con la mayoría simple ni con la absoluta.

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